NOTICIA GRD

Licitación de FONASA: resolución de patologías agudas o reagudizadas con pago GRD 

NOTICIA GRD

Licitación de FONASA: resolución de patologías agudas o reagudizadas con pago GRD

FONASA se encuentra licitando en Mercado Público, servicios de salud para resolución integral de patologías agudas o reagudizadas de pacientes en estado crítico (ID en Mercado Público 591-1-LR23), para sus beneficiarios que se atienden en la Modalidad de Atención Institucional, y que sean derivados al sector privado por un establecimiento del SNSS, a través de la Unidad de Gestión Centralizada de Camas (UGCC)  del MINSAL, debido al déficit de camas existente en la Red Pública de Salud. El mecanismo de pago es basado en GRD.

Los oferentes pueden participar en una o más de las siguientes categorías por Tipo de Paciente (paciente adulto, pediátrico o neonato) y Tipo de Atención (médico o medico quirúrgica):

  1. Resolución de Patologías Agudas o Reagudizadas de paciente Adulto en estado crítico que requiere atención médica
  2. Resolución de Patologías Agudas o Reagudizadas de paciente Adulto en estado crítico que requiere atención médico-quirúrgica
  3. Resolución de Patologías Agudas o Reagudizadas de paciente Pediátrico en estado crítico que requiere atención médica
  4. Resolución de Patologías Agudas o Reagudizadas de paciente Pediátrico en estado crítico que requiere atención médico-quirúrgica
  5. Resolución de Patologías Agudas o Reagudizadas de paciente Neonato en estado crítico que requiere atención médica
  6. Resolución de Patologías Agudas o Reagudizadas de paciente Neonato que requiere atención médico-quirúrgica

¿Quiénes pueden participar?

Pueden  participar en esta licitación personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que cumplan con los requisitos de  la Ley la ley Nº 19.886 y con los que exige el derecho común; como, asimismo, uniones temporales de proveedores.

Plazos de la licitación en Mercado Público:

  • Fecha de Publicación: 18-01-2023 16:38:49 
  • Fecha inicio de preguntas: 19-01-2023 10:25:00 
  • Fecha final de preguntas: 25-01-2023 18:00:00 
  • Fecha de publicación de respuestas: 01-02-2023 23:59:00 
  • Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-02-2023 16:00:00
  • Fecha de acto de apertura técnica: 20-02-2023 16:01:00 
  • Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-02-2023 16:01:00 
  • Fecha de Adjudicación: 30-03-2023 23:59:00

Las fechas pueden sufrir modificaciones en el proceso, por lo cual recomendamos revisar directamente en la ficha de la licitación en Mercado Público.

Presupuesto:

Las bases establecen que cada oferente deberá ofertar tres precios bases de referencia:

  • Precio Base referencia 1: corresponderá para calcular el valor GRD de los egresos cuyo peso relativo sea menor o igual a 1,5. Dicho precio base ofertado no podrá exceder los $2.285.000 (dos millones doscientos ochenta y cinco mil pesos).
  • Precio Base referencia 2: corresponderá para calcular el valor GRD de los egresos cuyo peso relativo sea mayor a 1,5 y menor o igual a 2,5. Dicho precio base ofertado no podrá exceder los $3.402.000 (tres millones cuatrocientos dos mil pesos).
  • Precio Base referencia 3: corresponderá para calcular el valor GRD de los egresos cuyo peso relativo sea mayor a 2,5. Dicho precio base ofertado no podrá exceder los $5.315.000 (cinco millones trescientos quince mil pesos).

Los precios bases de los adjudicatarios serán reajustados anualmente, es decir, al cumplir año de vigencia de contrato y su reajuste será en función del inflactor utilizado en el sector público de salud. Si el Oferente presenta un Precio Base Ofertado inferior o superior a los topes establecidos para cada precio de referencia, entonces dicha oferta será declarada inadmisible.

Desde  esta columna, recomendamos a los prestadores interesados en presentarse a esta licitación, calcular adecuadamente los precios que ofertarán, para lo cual requieren conocer sus estructuras de costos por GRD.

Regla general de pago por GRD:

Para los pacientes inliers (Pacientes cuyas estadías son inferiores al Punto de Corte Superior del GRD, establecidos en la Norma MINSAL vigente), el valor del GRD se obtiene de la multiplicación del Precio Base Ofertado (Precio base de referencia 1, 2 o 3 según Peso relativo del egreso) por el peso relativo del GRD respectivo, de acuerdo con la siguiente expresión:

Valor del GRD = Precio Base Ofertado * Peso Relativo GRD

Regla de pago en caso de Outliers Superiores:

La regla de pago en caso de Outliers superiores (Pacientes que tienen estadías  superiores al Punto de Corte Superior del GRD establecidas Norma MINSAL vigente) consiste en la aplicación de un deducible al prestador, por aquellos costos originados con posterioridad al Punto de Corte Superior del GRD. Este deducible se manifiesta en un periodo de no pago (o carencia) por parte de FONASA al prestador, al término del cual se reactiva el pago por cada día de estadía hasta el momento del egreso del paciente (post carencia).

El Valor del Outlier Superior se obtiene mediante la siguiente expresión:

Valor del GRD + [Días post carencia * Peso Relativo GRD * Precio Base Referencia1] / Días Percentil 75

Donde:

  • Valor del GRD: es el producto entre el Precio Base ofertado y el Peso Relativo del GRD correspondiente
  • PB Referencia 1: Corresponderá al Precio Base referencia 1 adjudicado por el prestador.
  • Días post carencia: período de tiempo comprendido entre el término del período de carencia y el momento del egreso del paciente. Durante este periodo se reactiva el pago por parte de Fonasa.
  • Días Percentil 75: Corresponde al Número de días establecido en el percentil 75 del GRD respectivo según la Norma

Regla de pago en caso de ajustes por tecnología:

El ajuste por tecnología corresponde a terapias o dispositivos de alta complejidad utilizados en el tratamiento del paciente durante el episodio de hospitalización y que se encuentran detallados en las Bases de licitación. El uso de dichas terapias o dispositivos serán pagados como un valor adicional al valor del GRD respectivo y bajo las condiciones establecidas en las Bases.

La regla de pago en caso de ajustes por tecnología se aplica en caso de que el prestador determine, de acuerdo con criterios estrictamente clínicos, que es necesario realizar a la paciente alguna de las prestaciones, para las cuales FONASA ha establecido valores que se pagarán en forma adicional al valor del GRD respectivo. A modo de ejemplo una Endoprótesis Aortica (quirúrgica o endovascular), corresponde a $13.084.000 (por egreso).

  • Plasmaféresis Terapéutica:

Los precios por Ajuste de Tecnología se pagarán por una sola vez por cada egreso y serán reajustados anualmente, es decir, al cumplir año de vigencia de contrato, en función del inflactor utilizado en el sector público de salud.

Vigencia y renovación de contrato:

El plazo del contrato será de 30 meses, contados desde la total tramitación de la Resolución que lo apruebe.

FONASA podrá renovar por una sola vez el contrato, hasta por un período máximo de hasta 12 meses, lo que procederá cuando sea estrictamente necesario por razones de continuidad del servicio o existan otros motivos fundados y por el tiempo de preparación de un nuevo proceso de licitación, (art. 12 del DS 250, de 2004, de Ministerio de Hacienda).

¿Qué debe considerar un proveedor al momento de postular a esta licitación?

Los GRD son un mecanismo de pago que viene siendo utilizado hace varios años por FONASA y una de las grandes ventajas es que se comparte riesgo, por lo cual es importante que los prestadores conozcan sus costos por GRD.

Para que un prestador pueda cobrar a FONASA, es necesario entregar los egresos hospitalarios codificados y para poder realizarlo es necesario contratar como mínimo lo siguiente:

  1. Plataforma para captura y codificación: existen en el mercado chileno algunas ofertas de estas plataformas, una de ellas es ASHO, una plataforma que permite capturar y codificar los egresos hospitalarios a bajo costo, ya que los Clientes pueden pagar por caso a codificar, sin necesidad de pagar mantención anual. Además, esta solución permite descargar reportes y el CMBD para entrega a FONASA.
  2. Agrupador IR-GRD: el ministerio de salud en Chile ha decidido que la agrupación de casos debe ser con el agrupador IR-GRD, el cual es de empresa 3M y en Chile a diferencia de otros países existe un solo proveedor autorizado.
  3. Profesional de la salud con certificación de codificador: además de la plataforma que permite codificar y del agrupador, es necesario considerar que se requiere un profesional codificador. Este profesional es el que se hace cargo de leer y capturar la información de la ficha clínica del paciente y codificar en la plataforma. Es importante considerar la experiencia de este codificador, considerando que una buena lectura de la FC es vital para la agrupación del caso. En Chile existen empresas que permiten externalizar la codificación, por ejemplo la empresa Metamodelo que cuenta con un staff de codificadores y realiza este servicio desde hace varios año.

Leave a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *

Contacto

Contacto